A partir del 1º d enero de este año entro en vigencia la ordenanza Nº 43/2019 donde establece la obligatoriedad del uso de chalecos o cinta reflectivas de cualquier color fluorescente con 2 bandas de 6cm de ancho y 60 cm de largo que abarque todo el contorno superior y anterior del cuerpo.
Esta ordenanza se aplica a los conductores y acompañantes de motocicletas, triciclos motorizados, cuatriciclos y/o bicicletas cuando circulen en toda la jurisdicción municipal.
Según la ordenanza establece: “el uso obligatorio en los horarios comprendidos entre las 19:00 horas a las 7:00 horas del día siguiente y será obligatorio en cualquier horario cuando se transite sobre rutas que atraviesen el municipio.”
El no cumplimiento de dicha ordenanza será sujeto a sanciones, que comprenden en multas de 10 hasta 15 litros de combustible (nafta) para los infractores.
El ex concejal Edgardo Batista fue quien promovió esta ordenanza a fines de año pasado, según fundamentó está reflejada en otras localidades, donde están implementadas. Mediante las averiguaciones que realizó este medio, San Pedro es el único departamento de la provincia de Misiones donde se implementa el uso obligatorio del chaleco o cinta reflectiva.
Según la ordenanza municipal, “el uso del chaleco es obligatorio en rutas nacionales y provinciales las 24 horas,” pero en Misiones el uso del chaleco con patente aún no está implementada. De igual manera, la obligatoriedad del uso de este dispositivo de seguridad también se expande tantos en rutas nacionales como provinciales que estén dentro del territorio municipal.